Hay veces en las que para descubrir los entresijos de una
familia tienen que pasar varias generaciones, en la mía ha sido alguien de la
cuarta generación quien ha destapado el misterio.
--Pero los abuelos no estaban casados---dijo mi prima María—por
eso cuando fuimos a buscar los documentos mi madre se calló como una puta.
Yo sabía algo, mi madre no vivía pendiente de las normas del
clero y por eso alguna vez habíamos hablado de la no boda de mis abuelos. Los
documentos encontrados a posteriori, los mismos que dejaron descolocadas a mis
primas lo dejaban claro y yo me pegue un hartón de reír cuando un documento
notarial declaraban su pecado mis abuelos dejando constancia de que fruto de
sus relaciones amorosas habían tenido siete hijos. Bueno por lo menos mi madre
y mis tíos eran fruto del amor y no solo del matrimonio. Más tarde, supe del
terror de mis abuelos cuando uno de mis tíos había de hacer la mili y como tuvieron
que casarse deprisa y a escondidas en una boda eclesiástica que antes de 1939
no hubieran aceptado ni por casualidad. Lo que no sabíamos es que está no era
su primera boda.
Y ahí estaban los dichosos documentos: boda eclesiástica, reconocimiento
de hijos naturales y mi abuela casi tratada como una puta por no haber pasado
por la vicaría cuando las bodas de aquellos años tenían de todo menos
normalidad.
El testimonio de boda lo encontró Rubén, el nieto mayor de
mi hermana, un adolescente de catorce años quien se ha tomado muy a pecho eso
de buscar sus raíces familiares….
14 DE MAYO DE 1923
UNA BODA POPULAR
El juez de Martos, sin
duda muy enredado en el pleito político entre Ruiz Jiménez y Alcalá Zamora no
quiere dar facilidades a Julia (…) y Juan (…) que deseaban casarse en dicha
ciudad por lo civil.
En vista de estas
dificultades, en la Casa del Pueblo de Manzanares, se ha efectuado el enlace
popular de esta simpática pareja, a la que deseamos toda suerte de
prosperidades. He aquí el acta de matrimonio:
“En la ciudad de
Manzanares, a 22 de abril de 1923, los que suscriben Juan(…) natural de
Membrilla (Ciudad Real) , de veintiocho años de edad, hijo de Mateo (…) y de
Catalina (…) y Julia (…) natural de Martos (Jaén), de veintisiete años de edad,
hija de Juan Miguel (…) y Filomena (…), declaramos solemnemente que a causa de
los obstáculos puestos por el juez de Martos para facilitar la partida de
nacimiento, se ha prolongado más de lo justo nuestro enlace, al que tenemos derecho,
y por vía de protesta decidimos unirnos
en matrimonio ante el Tribunal
compuesto de habitantes de esta ciudad, dispuestos a consolidad nuestro
enlace, según las leyes del Estado, cuando el señor Juez de Martos se canse de
ponernos inconvenientes, y prometemos (aún de este modo) desde hoy, hasta el
fin de nuestros días, cumplir con los deberes del estado conyugas, contando con
el consentimiento paterno y el que, indignados otorgan los testigos que abajo
firman. Juan, Julia. Testigos paternos: Mateo (padre de el) y Filomena (madre
de ella). Testigos: Juan, Francisco, Francisco, Miguel, Juan José, Vicente y
Antonio.”